11 de abril de 2012

COMUNICADO DE AMMAR SOBRE EL PROYECTO DE REGULAR "LA PROSTITUCION" EN COMODORO RIVADAVIA

El proyecto “busca crear una zona roja, cuidar la salud de la población y fomentar el turismo”. Ammar repudia tales iniciativas, ya que consideramos que las mismas atentan contra nuestras derechos como trabajadoras sexuales

En relación al proyecto de ley de regularización de la prostitución presentado en el municipio de Comodoro Rivadavia, desde AMMAR creemos necesario manifestar que el mismo no ha tenida origen ni relación alguna con nuestra organización. En efecto, no hemos tenido siquiera oportunidad de leer en detalle la mencionada propuesta habiendo accedido a conocer la misma a través de las diversas publicaciones que se han realizado en distintos periódicos, como el caso del diario Página 12 del día 8 de abril del corriente.

Desde AMMAR entendemos que es necesario hacer una serie de aclaraciones sobre distintas afirmaciones que se han deslizado en la mencionada nota periodística por los entrevistados y que de no contarse con una mirada amplia de la temática pueden llevar a confusiones que contribuyan a agravar las condiciones laborales de las trabajadoras sexuales.

Como primer punto es necesario aclarar que desde AMMAR se busca el reconocimiento de derechos laborales de aquellas personas (de cualquier sexo o género), mayores de edad que de manera voluntaria y autónoma ofrecen o comercializan servicios sexuales a cambio de un pago en dinero o en especie para su propio beneficio.

Desde esta óptica, la actividad así definida se encuentra enmarcada dentro de las actividades propias previstas en el art. 19 de la Constitución Nacional, las cuales se encuentran exentas de la autoridad de los magistrados.

En segundo lugar, en referencia al proyecto en cuestión que“busca crear una zona roja, cuidar la salud de la población y fomentar el turismo”, Ammar repudia tales iniciativas, ya que consideramos que las mismas atentan contra nuestras derechos como trabajadoras sexuales.

Por otro lado, el trabajo sexual puede y debe ser enfáticamente diferenciado de la trata de personas, de la explotación sexual de menores y del proxenetismo. El trabajo sexual es una actividad lícita dentro de nuestro país, pero sobre la cual no se ha dispuesto una regulación específica, lo que genera consecuencias que entendemos gravosas para quienes la ejercemos.

La falta de regulación nos priva de la posibilidad de gozar de los mismos derechos que el resto de las personas que habitan el territorio nacional, y en particular los derechos de que goza toda persona trabajadora, violándose así derechos reconocidos en nuestra Constitución (arts 14, 16, 19, 31, 75 inc. 22 y ccdtes) así como por distintos convenios internacionales suscriptos por nuestro país, como la Declaración Universal de los Derechos Humanos, (arts. 1, 3, 7,22,23 y ccdtes); Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, (arts. 1,2,5,14,16 y ccdtes);Pacto de San Jose de Costa Rica, (arts. 1,2,5,11,29 y ccdtes); Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales, (arts. 2,3,5,y especialmente 6 y 7).

Las que formamos parte de AMMAR merecemos el debido respeto a los más esenciales derechos de que gozan todas las personas por el simple hecho de tratarse de seres humanos, así, el derecho a la vida, a la no discriminación, a un trabajo, etc. deben de ser respetados. Para garantizar el debido respeto de dichos derechos es que resulta necesario el dictado de una norma que regule el trabajo sexual autónomo.

No pretendemos con esto una norma que fomente nuestra actividad, ni que desconozca la realidad de aquellas personas que efectivamente sean víctimas de trata o de explotación, sino queremos una norma que nos ponga en un pie de igualdad con el resto de las personas trabajadoras. Queremos poder hacer nuestros aportes previsionales, pagar nuestros impuestos y contratar una obra social al igual que el resto de nuestros pares.

Considerar que toda persona que ejerce esta actividad lo hace en contra de su voluntad o que es explotada, es no reconocernos como sujetas de derecho, es vernos como personas carentes de razón o conciencia, es discriminarnos como mujeres por no permitirnos tomar las riendas de nuestro propio destino.
Somos personas adultas y cómo tales capaces de tomar nuestras propias decisiones.

Secretaría General

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